EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID FALLA A FAVOR DE PROTEGER EL DERECHO AL DESCANSO DEL VECINDARIO

Mar 21, 2022 | Demandas y alegaciones, Distrito, Ruido | 6 Comentarios

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestima el recurso de varias asociaciones empresariales de hostelería, en relación con el ruido del ocio, para proteger sus intereses frente al derecho al descanso y la vida de los vecinos y vecinas.

Estas asociaciones (Plataforma de Asociaciones por el turismo, ocio, hostelería y cultura; Asociación de empresarios de ocio nocturno de la Comunidad de Madrid; y la Asociación Terrazas 2 de mayo) habían demandado al Ayuntamiento (y a la «Asociación de vecinos de Cavas-La Latina») por estimar dañados sus intereses ante algunas restricciones a sus actividades impuestas por el Ayuntamiento.

La sentencia numero 139 fecha 9/3/2022 del TSJM ha desestimado el recurso y además ha condenado a estas asociaciones a pagar costas, lo que se aplica por el hecho de que han sido rechazadas todas sus pretensiones.

Resumiendo, entre los puntos alegados por estas asociaciones cabe destacar que:

  • piden la nulidad de la Zona de Protección Acústica Especial del distrito Centro, porque según ellos la culpa del ruido es del botellón y no es de los locales, que cumplen los límites impuestos por la normativa
  • se vulnera del derecho de libre competencia y de libre empresa ya que al aplicar la nueva normativa, se les priva del derecho de ejercer la actividad que previamente fue concedida;
  • se vulnera el principio de seguridad Jurídica al modificarse las licencias.
  • en las Terrazas de Veladores, la reducción del horario y del número de sillas y mesas que se les puedan conceder es una limitación de sus DERECHOS ADQUIRIDOS
  • las medidas encaminadas a modificar los horarios de terrazas de los establecimientos de hostelería tienen carácter discriminatorio.

Argumentación de la sentencia condenatoria:

1-Se ha demostrado que hay una relación directa entre la actividad de ocio nocturno y el incremento de la contaminación acústica, por lo que adoptar medidas restrictivas es perfectamente compatible con que los locales de ocio nocturno cumplan con los valores límites que se les aplican.

2-No se infringen los derechos de libre competencia y de libre empresa cuando las limitaciones y restricciones del ejercicio de una actividad se justifican en la protección de la salud y vida de las personas, y del medio ambiente.

3- Respecto de las licencias de funcionamiento, la Administración tiene la posibilidad, e, incluso, el deber de modificar el contenido de la autorización inicialmente otorgada para mantenerlo correctamente adaptado, a lo largo de su vigencia, a las exigencias del interés público.

4- Queda acreditado que la adopción de la medida de reducción del horario se traduce en un adelanto horario de los niveles máximos de ruido. Las licencias de la hostelería no suponen derechos adquiridos porque el tipo de permiso de los establecimientos es el denominado “precario” y el Ayuntamiento puede acabar con el “precario” en cualquier momento, los particulares carecen de derechos preexistentes en bienes de dominio público, y las autorizaciones son de carácter discrecional.

5- La limitación de horario no es discriminatoria. Las terrazas de veladores por sus características no disponen de elementos de aislamiento acústico alguno, por lo que dicha limitación esta doblemente justificada, y de forma más intensa en las instaladas en las zonas de dominio público donde la ocupación se realiza en precario y en las que el Ayuntamiento puede establecer las medidas de uso de dicho dominio público que estime conveniente, entre ellas limitarlas a unas determinadas horas cada día.

6 Comentarios

  1. Angel

    Aquí está la tabla de salvación de los vecinos, si la utilizamos de palanca.

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  2. Pilar Azparren

    Enhorabuena vecinos. Estáis haciendo un trabajo estupendo. Desde otras asociaciones seguimos vuestra trayectoria. La apropiación de espacio público para la hostelería es problemática común de muchos cascos históricos. Desde Pamplona un abrazo

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    • Miguel

      Gracias por vuestro apoyo! saludos

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  3. Javier

    !Mis felicitaciones por su labor en recuperar las calles para los vecinos !
    En relación con el punto 3. Saben ustedes cuándo van a cerrar las terrazas en bandas de aparcamiento en zonas saturadas, porque yo las veo todas abiertas, sea el barrio que sea!

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    • Miguel

      Muchas gracias, saludos

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  4. Mariana

    Recientemente me he mudado a Chamberi, y sorprende el ruido que generan los clientes de Fun House en la Calle Palafox – es normal tener una sala de conciertos en un calle de barrio familiar en esta Municipalidad?

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